16 marzo 2016

DEL PAPEL A LA REALIDAD


Mucho se habla con respecto a qué tan viable o perjudicial es pertenecer a un sindicato, por esto es importante conocer cuál es la razón de ser, de un sindicato, así como las leyes que regulan el funcionamiento de los mismos. En principio debemos saber que a partir de la ley 83 de 1931 se permite el derecho de asociación sindical conocido como libertad de asociación, es decir que por libre voluntad, los empleados pueden pertenecer a aquellos grupos de personas que tienen como objetivo, lograr mejores condiciones de trabajo, ya sea económicamente o en todo lo relacionado con un ambiente laboral apropiado y acorde a sus necesidades, esto lo hacen uniendo sus recursos y esfuerzos para cumplir sus objetivos de manera lícita y siempre pensando en objetivos en común y no personales. Es muy importante resaltar que “la libertad de asociación, la libertad sindical y la libertad de negociación colectiva son derechos fundamentales” (OIT,s.f.) esto, da a las personas, la garantía, o la posibilidad de unirse libremente a una asociación para desarrollar las actividades para la cual fue creada siempre y cuando esto se haga de forma lícita.

No podemos dejar de lado el convenio No. 87 de la OIT, (organización Mundial del Trabajo) que fue aprobado mediante la ley 26 de 1976 en sus artículos 1,2 y 3 y que establece lo siguiente con respecto a la libertad sindical; tanto los trabajadores como los empleadores pueden unirse a la organización que estimen conveniente, con la condición de conocer los estatutos que rigen las mismas. Dichos estatutos serán redactados por los trabajadores y empleadores, así como el reglamento administrativo, y podrán elegir libremente a sus representantes, quienes organizaran su administración y las actividades para formular su programa de acción. Las Autoridades públicas no pueden intervenir de tal forma, que limiten el derecho de la organización a ejercer libremente su ejercicio legal.

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